Sí, habeis leído bien.
Esa es la condena impuesta por un juez de Cartagena a un hombre por masturbarse pensando en su vecina, ya que "manipula mentalmente la imagen" de la señora en cuestión.
Cartagena, 25 Abril (EP)Un hombre de 39 años ha sido condenado por un juez del partido judicial nº 2 de Murcia a indemnizar a una mujer de 32, vecina de su inmueble, por "manipular mentalmente su imagen con una grave erosión de su dignidad sexual". La sentencia, que ha sido recurrida por la defensa, ha causado un gran impacto en el mundo de la abogacía, pues es el primero que deduce responsabilidad penal de un acto de pensamiento.
Según el auto, el acusado advirtió a su víctima en reiteradas ocasiones de que "si no bajaba la música y dejaba de traerse amiguitos a su casa, se haría dos pajas pensando en ella a cuatro patas".
El propio acusado reconoció ante el juez haber cumplido su advertencia, "incurriendo en una grave manipulación de la identidad de otra persona" sin su consentimiento.
Al parecer, ambos mantenían reiterados litigios relacionados con las costumbres de la demandante, que compartía su vivienda con estudiantes.
Durante el juicio, el abogado defensor le espetó al juez que "todo el mundo se ha imaginado alguna vez a otra persona en actitud sexual", e incluso le conminó a afirmar si él no lo había hecho nunca, lo que condujo a su recusación inmediata y sustitución por un abogado de oficio, lo cual ha sido objeto de recurso por crear indefensión al acusado.
Según el Fiscal, "el problema no es tanto el hecho de tener esos pensamientos, sino el de haberlo comunicado". De otra forma, "no hubiera sido posible denunciarlo".
El acusado tendrá que pagar 150 euros por cada "acto", lo que suma 3.500 según la sentencia. Además, "no podrá volver a comunicar a la demandante sus intenciones ni repetir sus actuaciones".
Ya tiene que estar buena la vecina, como para hacerte pajas de 150 euros, y según mis cálculos hacerte 23.33 masturbaciones con su imagen fija en el pensamiento...
Que también tiene miga lo del 0.33 (Explicadmelo, por favor).
Esa es la condena impuesta por un juez de Cartagena a un hombre por masturbarse pensando en su vecina, ya que "manipula mentalmente la imagen" de la señora en cuestión.
Cartagena, 25 Abril (EP)Un hombre de 39 años ha sido condenado por un juez del partido judicial nº 2 de Murcia a indemnizar a una mujer de 32, vecina de su inmueble, por "manipular mentalmente su imagen con una grave erosión de su dignidad sexual". La sentencia, que ha sido recurrida por la defensa, ha causado un gran impacto en el mundo de la abogacía, pues es el primero que deduce responsabilidad penal de un acto de pensamiento.
Según el auto, el acusado advirtió a su víctima en reiteradas ocasiones de que "si no bajaba la música y dejaba de traerse amiguitos a su casa, se haría dos pajas pensando en ella a cuatro patas".
El propio acusado reconoció ante el juez haber cumplido su advertencia, "incurriendo en una grave manipulación de la identidad de otra persona" sin su consentimiento.
Al parecer, ambos mantenían reiterados litigios relacionados con las costumbres de la demandante, que compartía su vivienda con estudiantes.
Durante el juicio, el abogado defensor le espetó al juez que "todo el mundo se ha imaginado alguna vez a otra persona en actitud sexual", e incluso le conminó a afirmar si él no lo había hecho nunca, lo que condujo a su recusación inmediata y sustitución por un abogado de oficio, lo cual ha sido objeto de recurso por crear indefensión al acusado.
Según el Fiscal, "el problema no es tanto el hecho de tener esos pensamientos, sino el de haberlo comunicado". De otra forma, "no hubiera sido posible denunciarlo".
El acusado tendrá que pagar 150 euros por cada "acto", lo que suma 3.500 según la sentencia. Además, "no podrá volver a comunicar a la demandante sus intenciones ni repetir sus actuaciones".
Ya tiene que estar buena la vecina, como para hacerte pajas de 150 euros, y según mis cálculos hacerte 23.33 masturbaciones con su imagen fija en el pensamiento...
Que también tiene miga lo del 0.33 (Explicadmelo, por favor).
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